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Empresa que habiendo optado por la aplicación PGCPYMES, aplica los criterios de las MICROEMPRESAS:

264245_8285.jpgCreo conveniente tratar este asunto porque tal vez en algún caso en particular, a alguna empresa que habiendo optado por la aplicación del PGCPYMES, y acaricie la posibilidad de aplicar los criterios de las MICROEMPRESAS, a la vista de la presente reflexión vuelva a planteárselo y deseche definitivamente esa posibilidad.

Así el RD 1515 en su artículo 4 establece esos dos criterios específicos que han observarse en el registro de las operaciones tanto del arrendamiento financiero y otros de naturaleza similar y en relación también al impuesto sobre beneficios.

En este caso concreto quiero referirme únicamente a los contratos de arrendamiento financiero y otros de naturaleza similar.

Imaginémonos una empresa que suscriba un contrato de arrendamiento financiero, el cual cumpla con las condiciones establecidas en la norma de valoración correspondiente, para adquirir un local comercial, y que dicha adquisición la vaya a formalizar a partir del uno de enero de 2008 (* posteriormente me referiré a este caso cuando la compra se realizó con anterioridad a esta fecha)

Para centrar el asunto voy a citar lo que dice sobre el particular en el mencionado artículo 4:

“Los arrendatarios de los acuerdos de arrendamiento financiero y otros de naturaleza similar que no tengan por objeto los terrenos, solares u otros activos no amortizables, contabilizarán las cuotas devengadas en el ejercicio como gasto en la cuenta de pérdidas y ganancias.”

Por lo tanto parece condición sin aequa non para tratar como gasto a la cuenta específica asignada, a saber 6211 Arrendamientos financieros y otros, por parte de aquellas empresas que habiendo optado por la aplicación del PGCPYMES, apliquen los criterios de las microempresas, que no se trate de terrenos, solares u otros activos no amortizables.

Si tenemos en cuenta que en la norma 3ª de valoración del inmovilizado material, y en el apartado referente a construcciones se establece que “deberá valorarse por separado el valor del terreno y el de los edificios y otras construcciones”, resulta que puede ser muy complicada la aplicación de este criterio específico de las microempresas.

En el caso en concreto al que me he referido habría que operar de la siguiente manera:

1º.- Averiguar y hallar la proporción que existe entre el valor del suelo y el valor de la construcción

2º.- Aplicar ese valor al contrato de arrendamiento financiero de la siguiente manera:

a) Por el % que se corresponda con el valor del suelo registrarlo como inmovilizado material abonando este asiento tanto a una cuenta del grupo 17 por ese % respecto a la deuda con la entidad financiera a largo plazo, y lo mismo respecto a la deuda a corto con abono a una cuenta del grupo 52.

b) Y por el % que se corresponda con el valor de la construcción registrarlo a la cuenta designada en el artículo 4 de ese RD 1515 6211 abonando a bancos directamente.

A la vista de lo comentado, parece que es un obstáculo importante por la complicación que puede suponer el registro diario de estas operaciones, en un caso como este decidirse por aplicar los criterios de las microempresas.

¿Y qué sucedería si el leasing hubiese sido registrado en el ejercicio 2007? Pues en este caso y en aplicación de lo dispuesto en la DT 4ª del RD 1515, deberá seguir contabilizando ese leasing de acuerdo a los criterios del PG de 1990 RD 1634, teniendo en cuenta lo dispuesto respecto de la reclasificación de las cuentas y de la carga financiera recogida en el antiguo grupo 27.

Por lo tanto y como síntesis a lo comentado, se sugiere al menos un momento de reflexión para aquellas empresas usuarias del PGCPYMES que estuvieran pensando en aplicar los criterios específicos de las microempresas.

Ernesto Cuartango

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